CAPÍTULO III
TIPOS DE ACTIVIDAD

Carreras y Cursos de Posgrado

Art.3º. El sistema de estudios de posgrado se organiza en base a los siguientes tipos de formación, con objetivos, modalidades y procedimientos diferenciados:
1. La formación sistemática.
2. La formación continua.

Art.4º. Formación sistemática: se organiza en carreras o programas que conducen a títulos de posgrado. Distingue dos orientaciones: a) hacia la investigación científica y b) hacia la especialización profesional.

a. Hacia la investigación científica:
Comprende estudios de Maestría y de Doctorado, los que culminan con la obtención de los respectivos títulos académicos, previa aprobación de un conjunto de cursos de nivel avanzado y de un trabajo, proyecto, obra o tesis (en adelante tesis) de Maestría, o de una tesis Doctoral, respectivamente. Dichos cursos se articulan en carreras o programas en dos modalidades operativas: estudios programados y personalizados.
Las Maestrías y Doctorados programados se organizan en carreras con diseños curriculares, administradas y ofrecidas por una o varias Unidades Académicas de la Universidad Nacional de Tucumán, o varias universidades, para las que deben establecerse precisiones respecto a propósitos, estructura y procedimientos específicos de funcionamiento. La Secretaría de Posgrado de la Universidad Nacional de Tucumán podrá proponer y/o organizar carreras cuando la transversalidad de las temáticas así lo exijan. En todos los casos, las carreras deben ser aprobadas por el Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de Tucumán, previo dictamen del Consejo de Posgrado.
Las Maestrías y Doctorados personalizados se organiza a partir de los requerimientos de formación en un área de conocimiento específica, no contemplada por las carreras de posgrado existentes, mediante la formalización de un programa de actividades académicas diseñado por la Comisión de Supervisión, consistente con la temática de tesis propuesta, y que deberá ser aceptado por la Unidad Académica correspondiente, previo dictamen de su departamento de Posgrado y aprobado por el Consejo de Posgrado de la Universidad Nacional de Tucumán.-
Para la oferta de carreras conjuntas o interinstitucionales, nacionales y/o internacionales, deberán instrumentarse, además, convenios y reglamentos específicos.

Maestría: tiene por objeto proporcionar una formación superior, en una disciplina o área interdisciplinaria, en la que se que explicite el estado de conocimiento y profundice en el desarrollo teórico, tecnológico y profesional. Dicha formación conduce a la realización de una tesis de carácter individual, bajo la supervisión de un director y culmina con su evaluación por un Jurado. La tesis debe demostrar rigor conceptual y metodológico, acorde al estado actual del conocimiento en la o las disciplinas del caso. El trabajo de tesis conduce al otorgamiento del título académico de Magister, con especificación precisa de una disciplina o de un área interdisciplinaria.-
En el caso de Maestrías que enfaticen la profundización de una formación profesional, esta orientación se reflejará tanto en la instrumentación del Plan de estudios, como en el trabajo de tesis.

Doctorado: tiene por objeto la producción de significativos aportes originales en un área del conocimiento, que procuren la universalidad, en un marco de excelencia académica. Estos aportes originales deberán ser expresados en una Tesis de Doctorado de carácter individual, que se realizará bajo la supervisión de un director de tesis y que culminará con su evaluación por un Jurado. La aprobación de la tesis conduce al otorgamiento del título académico de Doctor, con especificación precisa de una disciplina o de un área interdisciplinaria.

b - Hacia la Especialización Profesional:
Tiene como objeto profundizar en el dominio de un tema o área determinada, dentro de una profesión, o de un campo de aplicación de varias profesiones, que desarrolle la capacitación profesional a través de un entrenamiento específico. Las carreras de Especialización se ofrecen solamente en la modalidad de estudios programados, los que concluyen con una evaluación final de carácter integrador. Conducen al otorgamiento del título de Especialista con especificación del campo de aplicación.

Art.5º. Formación continua: tiene por objeto la capacitación, el perfeccionamiento y la actualización de los graduados en áreas del conocimiento o de la actividad profesional a través de diferentes actividades académicas (cursos, seminarios, talleres, otros). Las unidades académicas podrán otorgar las certificaciones de aprobación a los graduados en aquellos cursos que incluyan evaluación


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